jueves, 30 de junio de 2016

#MelinaBalbuena se #Expondría a una #Condena de #15años

En las últimas horas se conoció la información que la causa caratulada "Sustracción, Retención u Ocultamiento de un menor de 10 años" asentada en la UFI N°6, en la que interviene el Juzgado de Garantías N°3 de Trenque Lauquen y que tiene como imputada a Melina Balbuena Alzogaray fue elevada a juicio el pasado 14 de junio.



Balbuena, que ya no tiene como abogada defensora a la Dra. Virginia Luna, y que ahora trabaja nuevamente con defensa oficial, pidió el cambio de carátula a "Impedimento de Contacto" pero el Juzgado interviniente no hizo lugar al pedido ya que no está en juego la libertad de la imputada.
Esto generó que la causa sea elevada a juicio y ahora se espera que se fije una fecha para el debate, con la previa fijación de una fecha de audiencia de prueba.
EL DATO: Fuentes judiciales afirmaron que cabe la posibilidad de que el Tribunal Oral N°1 baje la calificación y se realice un juicio abreviado.
Balbuena, en caso de llegar a juicio, estaría expuesta a una posible condena que va entre los 5 y los 15 años.


La Historia


El 28 de octubre de 2015 Melina Balbuena Alzogaray fue detenida en Capital Federal cumpliéndose con el pedido de detención librado por el Juzgado de Garantías N°3 de Trenque Lauquen, a cargo de la Dra. Alicia Cardosii, por el delito de Sustracción, Retención u Ocultamiento de un menor de 10 años, cuyo padre es el vecino rivadaviense Matías Barrera. Luego de eso, Balbuena estuvo presa casi 3 meses recuperando la libertad en Enero de 2016. En ese momento, su abogada la Dra. Luna, explicó, inmediatamente que Casación cambió la carátula a Impedimento de Contacto el Juzgado de Garantías N°3 de Trenque Lauquen obedeció y Melina fue puesta en libertad.
EL DATO: El juicio abreviado es un procedimiento previsto por la ley procesal, es legal y válido para dictar una sentencia, sea de condena o no. Consiste en un acuerdo entre: un representante del Ministerio Público fiscal, el imputado y su defensor (público o privado). El fiscal acusa por un hecho, luego lo califica (afirma que tipo delito es) y ofrece una pena. Por su parte el imputado reconoce su participación, asume su culpabilidad y acepta o negocia la pena. Debe concluir con un acuerdo que llegue en una audiencia con el juez o tribunal de la causa que se notifica y que debe dictar una sentencia homologada en tres días.


Fuente: RivadaviaOnline

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